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Manifestación de Valor Electrónica 2026: guía fácil antes del 1 de agosto

Última actualización el Jul 26, 2026

⚠️ Fecha límite: 1 de agosto de 2026. A partir de ese día, la manifestación de valor SOLO se puede presentar de forma electrónica por la VUCEM (formato E2). El papel se acepta únicamente hasta el 31 de julio de 2026. Si importas en régimen definitivo, esto te aplica.

¿Qué es, en palabras simples?

Cuando importas, pagas impuestos sobre el valor en aduana de tu mercancía. La manifestación de valor es el documento donde tú le explicas al SAT, bajo protesta de decir verdad, cómo armaste ese valor: cuánto pagaste por la mercancía y qué gastos se le suman (flete, seguro, etc.).

Piénsalo como el "ticket desglosado" de tu importación: si un día el SAT pregunta "¿por qué declaraste este valor?", este documento —con sus comprobantes— es tu respuesta.

Importante: es una obligación del importador, no de tu agente aduanal. El agente te ayuda a prepararla, pero la responsabilidad legal es tuya.

¿Qué cambió? (por qué todos hablan de esto)

Antes Ahora (MVE)
Documento en papel/PDF Electrónica, se transmite por la VUCEM
Datos en totales Detalle por factura (COVE)
Gastos agregados Cada incrementable desglosado y soportado según tu Incoterm
Sin anexos obligatorios Con documentos de soporte: comprobante de pago (transferencia, carta de crédito), factura, contratos
Solo aplica a importación definitiva (exportaciones no)

Checklist: qué necesitas tener listo

Datos:

  • ✅ Factura(s) comercial(es) y su COVE
  • ✅ Precio pagado o por pagar, y cómo lo pagaste (comprobante de transferencia o carta de crédito)
  • ✅ Incoterm de la operación (define qué gastos van por tu cuenta)
  • ✅ Gastos incrementables desglosados: flete internacional, seguro, comisiones (excepto de compra), regalías, envases
  • ✅ Si compras a una empresa relacionada (vinculación): decláralo y evalúa si afectó el precio

Accesos:

  • ✅ e.firma vigente
  • ✅ Acceso a la VUCEM (ventanillaunica.gob.mx)

Paso a paso

  1. Reúne el expediente de la operación: factura, COVE, comprobante de pago, contrato si existe, comprobantes de flete y seguro.
  2. Clasifica los gastos: ¿cuáles corren por tu cuenta y no vienen en la factura? Esos son tus incrementables (tu Incoterm es la pista: en FOB, el flete y seguro los pagas tú → se suman).
  3. Entra a la VUCEM con tu e.firma y captura la MVE (formato E2): datos por factura, desglose de incrementables, método de valoración (el normal es "valor de transacción").
  4. Adjunta los soportes que la regla pide (el comprobante de pago es el que más se olvida).
  5. Transmite y guarda el acuse. Entrégale el folio a tu agente aduanal ANTES del despacho.
  6. Archívala con toda la operación: es parte de tu expediente de comercio exterior (mínimo 5 años).

Los 5 errores que más vemos

  1. Dejarla para el día del despacho — sin MVE transmitida, tu operación se detiene a partir de agosto.
  2. Omitir incrementables que pagaste aparte de la factura (el flete es el clásico).
  3. No tener el comprobante de pago a la mano: ahora es soporte requerido.
  4. Ignorar la vinculación cuando le compras a tu matriz o empresa hermana.
  5. Pensar que "eso lo hace el agente": el agente te acompaña; la obligación es tuya.

Preguntas rápidas

¿Aplica a mis importaciones temporales (IMMEX)? La MVE es para el régimen de importación definitiva; confirma tu caso con tu agencia si operas regímenes mixtos.

¿Una MVE por pedimento o por factura? El detalle se integra por factura/COVE — una operación con varias facturas requiere el desglose de cada una.

¿Qué pasa si me equivoco? El valor mal declarado puede volverse crédito fiscal con multas años después. Corrige en cuanto lo detectes y documenta todo.


¿Te agarró la fecha límite? En FreightSpot preparamos y transmitimos manifestaciones de valor todos los días. Escríbenos y en una llamada revisamos tu operación, armamos tu expediente y te dejamos listo para el 1 de agosto — sin drama.