El encargo conferido es la autorización electrónica con la que tú, como importador, le confirmas al SAT qué agente aduanal puede despachar tus mercancías. Sin este trámite, tu agente no puede transmitir pedimentos a tu nombre — es de los requisitos que detienen una primera importación con más frecuencia.
Requisitos previos
- RFC activo y estar inscrito en el padrón de importadores
- e.firma vigente (antes FIEL) de la empresa o persona física
- El número de patente del agente aduanal que vas a autorizar (te lo proporciona tu agencia)
Paso a paso
- Entra al portal del SAT (sat.gob.mx) → sección de trámites de comercio exterior → Encargos conferidos.
- Autentícate con tu e.firma.
- Elige "Alta de encargo conferido" y captura la patente del agente aduanal.
- Define la vigencia: puedes autorizarlo por un periodo determinado o de forma indefinida (revocable cuando quieras).
- Firma y guarda tu acuse.
- Tu agente aduanal deberá aceptar el encargo desde su propio acceso — avísale para cerrar el circuito.
Errores comunes
- e.firma vencida: renuévala antes; es la causa #1 de rechazo.
- Capturar mal la patente: confírmala por escrito con tu agencia.
- Olvidar la aceptación del agente: el alta no surte efecto hasta que el agente acepta.
- Suspensión en el padrón de importadores: el encargo requiere el padrón activo.
¿Cuánto tarda?
El alta en el portal es inmediata; la aceptación del agente suele cerrarse el mismo día. Considera 1-2 días hábiles en total para tu planeación.
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